Para generar ondas estacionarias en un medio necesitamos que se cumpla una relación específica entre la frecuencia con que actúa la acción perturbadora que genera las ondas y la longitud del medio por el que se van a propagar interfiriendo con las ondas reflejadas.
A partir de la frecuencia y la velocidad de propagación de las ondas en el medio considerado se puede obtener la relación entre la longitud de ondas y la longitud total del medio que desemboca en la constitución de ondas estacionarias. Tal condición se verifica para un número infinito de valores discretos de longitudes de ondas que son:
- múltiplos de la mitad de la longitud de onda para medios con ambos extremos cerrados (o fijos).
- múltiplos de la mitad de la longitud de onda más una cuarta parte de la misma para medios con un extremo cerrado y un extremos abierto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario